Servicio de agua Vícar

Servicio de agua en Vícar

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Todas las gestiones de agua en Vícar con Ayuntamiento de Vícar

Si tienes algún problema con el suministro de agua que hace Ayuntamiento de Vícar en Vícar, puedes llamar al siguiente número 950553069. También puedes ponerte en contacto con la compañía para dar el alta y/o baja de un suministro, cambiar el titular o reclamar una factura. El precio puede superar los 100 € en algunos trámites.

¿Dónde y cómo dar de alta el agua en Vícar?

Ayuntamiento de Vícar, se encarga del servicio de agua en Vícar y abastece a una población de 24957 habitantes. Tienes a tu disposición distintas alternativas para dar de alta el agua en Vícar a través de Ayuntamiento de Vícar:

  • Presencialmente, acudiendo a la oficina más cercana de la compañía en la Bulevar Ciudad de Vícar, 1331 04738 Almería
  • A través de la oficina virtual de Ayuntamiento de Vícar, de forma online
  • Contactando con Ayuntamiento de Vícar de forma telefónica través del 950553069

Horarios de atención al cliente de Ayuntamiento de Vícar De Martes a Viernes: 8h - 14h

¿Qué necesitas para dar de alta el agua en Vícar?

Para dar de alta el agua en Vícar y para poder hacer un cambio de titular en tu factura del agua, lo puedes hacer a través de Ayuntamiento de Vícar, para ello debes de rellenar y entregar la documentación por la entidad:

  • Datos personales del titular del contrato.
  • Modo de pago, y el IBAN si se va a domiciliar.
  • Datos de la casa donde se va a dar alta el agua.
  • Características del suministro, en función de si es doméstico, comercial o industrial.
  • Número de contrato, habitualmente aportado por la empresa constructora.
  • Permiso de primera ocupación en caso de que así fuese.

¿Cómo hacer el cambio de titularidad de agua en Vícar?

Si quieres hacer un cambio de titular en Vícar de tu factura de agua, lo debes de hacer a través de Ayuntamiento de Vícar, para ello, puedes contactar con ellos por diferentes métodos:

  • Vía telefónica contacta con Ayuntamiento de Vícar a través de el 950553069
  • Vía email: Envía un correo electrónico a [email protected]
  • Vía presencial: Acudiendo a la sede de la empresa de suministro en la Bulevar Ciudad de Vícar, 1331 04738 Almería

Es importante tener en cuenta, que para poder hacer un cambio de titular en Vícar, hay que pagar una cantidad de dinero (Inferior a darse de alta en agua) que corresponde a dos conceptos; El adelanto del consumo y el consumo desde el día que se está en la propiedad. Para poder realizar este pago, existen diferentes métodos de pago:

  • Acudiendo a la oficina Central, se puede pagar en efectivo o con tarjeta de crédito/débito
  • Domiciliación bancaria, se puede realizar únicamente llamando al 950553069.
  • Mediante una transferencia bancaria

Precio del agua en Vícar

Para poder dar de alta el agua en Vícar, se debe de pagar una cantidad económica que varía habitualmente entre los 136€ y los 185€, esta cantidad está compuesta por 3 elementos. El anticipo del consumo, la cuota de red y la cuota de enganche.

  1. La cuota de enganche equivale a la mano de obra y a los materiales usados para la instalación.
  2. La cuota de red supone el coste por las obras para mejorar y adaptar la red actual.
  3. El anticipo del consumo la cantidad que debe de ser devuelta una vez se cambie de titular o cuando se dé de baja de Ayuntamiento de Vícar.

El precio del agua en Vícar puede variar en función de la ubicación de la vivienda y el tipo de vivienda. El precio del agua en Vícar es establecido por Ayuntamiento de Vícar en función de los distintos parámetros que influyen en su coste.

El precio del agua en España se comprende entre 1,89€/m3 de media, ese precio se divide en suministro 1,05€/m3 (56%) y saneamiento 0,84€/m3 (44%). Lo que nos lleva a un gasto anual de 104€ por persona, uno de los más bajos en Europa.

A su vez, existen distintas alternativas para poder hacer el pago:

  1. Pagando a través de una tarjeta de crédito o débito en las oficinas centrales.
  2. Mediante una transferencia bancaria.
  3. Al emitir un cheque en las oficinas periféricas.
  4. A través de una domiciliación bancaria.

¿Cómo conseguir información sobre cortes de agua en Vícar? ¿Cómo notificar un corte de agua?

Ayuntamiento de Vícar tiene a su disposición datos referente a los cortes de agua producidos en Vícar, si quieres conocer esta información, solo tienes que contactar con Ayuntamiento de Vícar:

En el caso de querer notificar una avería o un corte de agua no esperado, puede hacerlo siguiendo el mismo procedimiento.

Preguntas frecuentes sobre el sistema de agua en Vícar

¿Si el anterior inquilino tenía agua en la casa, debo dar de alta el agua en Vícar de nuevo?

Si el anterior propietario dio de baja su contrato de agua en su vivienda, tendrá que dar de alta el agua en Vícar a través de Ayuntamiento de Vícar, en caso contrario, solamente deberá de realizar un cambio de titular en la factura del agua, en este caso, el importe a pagar es inferior al de darse de alta.

¿Cómo se hace la lectura del contador de agua en Vícar?

Ayuntamiento de Vícar le asesorará del tamaño de contador de agua adecuado para su hogar en función del número de puntos donde quieres tener el agua. Cuantos más baños, cocinas o terrazas tengas, se necesitará un contador de agua mayor y a mayor tamaño, más se tendrá que pagar en la factura del agua mensual.

¿De qué forma puedo obtener el Bono social en Vícar?

Existen ayudas económicas a disposición de aquellas personas que no pueden realizar el pago de la factura del agua con el objetivo de que todas las personas tengan acceso diario de agua en sus hogares. La documentación que se debe de presentar a Ayuntamiento de Vícar varía en función del tipo de persona y necesidad, estas son las más comunes:

  • Jubilados y pensionistas, un certificado con los ingresos.
  • Familias numerosas, entregando el certificado de la situación actual
  • Personas en situación de vulnerabilidad, declaración de los servicios sociales o presentar la renta del año anterior.
  • Para los hogares con más de 3 o 4 personas, certificado de empadronamiento de la casa.
  • Para aquellas personas perjudicadas por el COVID-19, certificados que acrediten que su actividad laboral ha sido detenida.