Servicio de agua Yebra

Servicio de agua en Yebra

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Todas las gestiones de agua en Yebra con Ayuntamiento de Yebra

La empresa suministradora del agua en Yebra es Ayuntamiento de Yebra. Podrás dirigirte a ella para tramitar el alta o la baja de un suministro de agua, cambiar el titular del mismo o notificar cualquier tipo de incidencia, algunas gestiones cuestan más de 100 €. Su teléfono de contacto es 949 38 80 25.

¿Cómo dar de alta el agua en Yebra? Paso a paso

El suministro de agua en Yebra está gestionado por Ayuntamiento de Yebra, llevando el suministro y saneamiento doméstico de 492 habitantes. Para dar de alta el agua en Yebra, Ayuntamiento de Yebra tiene diferentes formas de hacerlo disponibles para ti.

  • Presencialmente, acudiendo a la sede más próxima de la compañía en la C. Condesa de San Rafael, 20, 19111 Yebra, Guadalajara, España
  • A través de la oficina virtual de Ayuntamiento de Yebra, de forma online
  • Contactando con Ayuntamiento de Yebra de forma telefónica través del 949 38 80 25

Horarios de atención al cliente de Ayuntamiento de Yebra De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Dar de alta el agua en Yebra - Requisitos

Para poder dar de alta el agua en Yebra mediante Ayuntamiento de Yebra, al igual que cuando se hace el cambio de titular en Ayuntamiento de Yebra hace falta rellenar y enviar cierta documentación:

  • Datos de el inmueble donde se va a dar alta el agua.
  • Datos y contacto de la persona que figura como titular en el contrato.
  • Número de contrato, suministrado por la empresa constructora.
  • Forma de pago, y el IBAN si se va a domiciliar.
  • Características del suministro, en función de si es doméstico, comercial o industrial.
  • Licencia de primera ocupación en caso de que así fuera.

¿Cómo debes de hacer un cambio de titular de agua en Yebra?

Si quieres hacer un cambio de titular en Yebra de tu factura de agua, lo debes de hacer a través de Ayuntamiento de Yebra, para ello, puedes contactar con ellos por diferentes vías:

  • Presencialmente: Acudiendo a las oficinas de la entidad en la C. Condesa de San Rafael, 20, 19111 Yebra, Guadalajara, España
  • Contacta por teléfono con Ayuntamiento de Yebra a través de el 949 38 80 25
  • Mandando un correo electrónico a la dirección [email protected]

Debes de saber que para hacer un cambio de titularidad de agua en Yebra, es necesario pagar una suma de dinero (Inferior a darse de alta en agua) que corresponde a dos elementos; El adelanto del consumo y el consumo desde el día que se está en la propiedad. Para realizar dicho pago, existen diferentes vías de pago:

  • En la Oficina Central puedes pagar en efectivo o tarjeta de crédito/débito
  • Realizando una Transferencia bancaria
  • Domiciliación bancaria, obligatorio realizarlo al contactar por teléfono 949 38 80 25.

¿Cuánto cuesta el agua en Yebra?¿Cuál es su precio?

Para poder dar de alta el agua en Yebra, se debe de pagar una cantidad económica que varía habitualmente entre los 136€ y los 185€, esta cantidad está compuesta por 3 elementos. El anticipo del consumo, la cuota de red y la cuota de enganche.

  1. El anticipo del consumo es una fianza que será devuelta al realizar un cambio de titular o al darse de baja de Ayuntamiento de Yebra.
  2. La cuota de red equivale a la suma de las acciones para adaptar y mejorar la red que hay.
  3. La cuota de enganche se traduce en los materiales y a la mano de obra usados en la instalación.

El precio del agua en Yebra varía en función de la ubicación y el tipo de domicilio. Es Ayuntamiento de Yebra que se encarga de establecer el precio según los distintos parámetros que influyen en el precio del agua.

En España, el precio del agua se sitúa en 1,91€/m3 aproximadamente de media, esa suma se fracciona en suministro 1,04€/m3 (56%) y saneamiento 0,85€/m3 (44%). Que equivale a un gasto anual de 105€ por persona, siendo uno de los más bajos de toda Europa.

Hay varías formas de realizar el pago:

  1. Pagando a través de una tarjeta de crédito o débito en las oficinas centrales.
  2. Mediante una transferencia bancaria.
  3. Al emitir un cheque en las oficinas periféricas.
  4. A través de una domiciliación bancaria.

Notificar averías y cortes de agua en Yebra

Ayuntamiento de Yebra dispone de información referente a los cortes de agua que se producen en Yebra si desea conocer esta información, puede contactar con Ayuntamiento de Yebra:

  • a través de su número de teléfono 949 38 80 25
  • vía email escribiendo a [email protected]

Si desea informar una avería o un corte de agua indeseado producido en Yebra, puede hacerlo bajo el mismo procedimiento.

Preguntas frecuentes sobre el sistema de agua en Yebra

¿Es necesario dar de alta el agua en Yebra si el anterior inquilino tenía agua en la casa?

Si el anterior inquilino dio de baja el agua en su casa, tendrá que volver a dar de alta el agua en Yebra en las oficinas de Ayuntamiento de Yebra, en caso contrario, únicamente tendrá que hacer un cambio de titular en la factura del agua, en este caso, el importe a pagar es inferior

Cómo se debe de dar la lectura del contador de agua en Yebra

El tamaño del contador varía en función del número de puntos donde se necesite agua, a más baños, cocinas, terraza, mayor será el contador y por lo tanto más se tendrá que pagar en la factura del agua. Para ello, Ayuntamiento de Yebra le aconsejará sobre el tamaño de contador de agua adecuado para su vivienda.

¿De qué forma puedo obtener el Bono social en Yebra?

Hay disponibles ayudas económicas para las personas que no pueden hacer frente al pago de la factura del agua con el objetivo de que todas las personas tengan acceso diario de agua en Yebra. La documentación que se debe de presentar varía en función del tipo de persona y necesidad, estas son las más comunes:

  • Familias numerosas, presentando el certificado de la situación actual
  • Para las residencias con más de 3 o 4 personas, mediante el certificado de empadronamiento de el inmueble.
  • Personas en situación de vulnerabilidad, declaración de los servicios sociales o presentar la renta del año anterior.
  • Jubilados y pensionistas, un certificado con los ingresos.
  • Para las personas perjudicadas por el COVID-19, documentos que acrediten que su actividad laboral ha sido detenida.