Servicio de agua Brea de Tajo

Servicio de agua en Brea de Tajo

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Gestión de agua en Brea de Tajo: Canal de Isabel II

La empresa suministradora del agua en Brea de Tajo es Canal de Isabel II. Podrás dirigirte a ella para tramitar el alta o la baja de un suministro de agua, cambiar el titular del mismo o notificar cualquier tipo de incidencia, algunas gestiones cuestan más de 100 €. Su teléfono de contacto es 900365365.

¿Cómo dar de alta el agua en Brea de Tajo? Paso a paso

El abastecimiento de agua en Brea de Tajo se lleva a cabo a través de Canal de Isabel II gestionando el servicio de aguas de 560 habitantes. Si quieres dar de alta el agua en Brea de Tajo, es muy fácil, existe varias formas de hacerlo siempre a través de Canal de Isabel II:

  • La primera opción es online a través de la oficina virtual de Canal de Isabel II
  • Por el teléfono de Canal de Isabel II a través de el 900365365
  • De manera presencial a través de el local más cercano en la Calle de José Abascal, 10, 28003 Madrid

Horarios de atención al cliente de Canal de Isabel II Lunes a Viernes: 8:30 – 18:30

Dar de alta el agua en Brea de Tajo - Requisitos

Para poder dar de alta el agua en Brea de Tajo mediante Canal de Isabel II, al igual que cuando se hace el cambio de titular en Canal de Isabel II hace falta rellenar y entregar cierta documentación:

  • Datos de el inmueble donde se va a dar alta el agua.
  • Datos y contacto de la persona que figura como titular en el contrato.
  • Número de contrato, suministrado por la constructora.
  • Forma de pago, y el IBAN si se va a domiciliar.
  • Características del abastecimiento, en función de si es doméstico, comercial o industrial.
  • Licencia de primera ocupación en caso de que así fuera.

¿Cómo cambiar la titular de agua en Brea de Tajo?

Para hacer el cambio de titular en Brea de Tajo de tu factura de agua, necesitas hacerlo a través de Canal de Isabel II, para ello puedes contactar de diferentes formas:

  • Presencialmente: Acudiendo a las oficinas de la entidad en la Calle de José Abascal, 10, 28003 Madrid
  • Contacta por teléfono con Canal de Isabel II a través de el 900365365
  • Mandando un correo electrónico a la dirección [email protected]

Debes de saber que para hacer un cambio de titularidad de agua en Brea de Tajo, es necesario pagar una suma de dinero (Inferior a darse de alta en agua) que corresponde a dos elementos; El adelanto del consumo y el consumo desde el día que se está en la propiedad. Para realizar dicho pago, existen diferentes formas de pago:

  • En la Oficina Central puedes pagar en efectivo o tarjeta de crédito/débito
  • Realizando una Transferencia bancaria
  • Domiciliación bancaria, obligatorio realizarlo al contactar por teléfono 900365365.

¿Cuál es el precio del agua en Brea de Tajo?

El coste de dar de alta el agua en Brea de Tajo, que normalmente varía entre los 135€ y los 188€, se compone de tres elementos. Estos son la cuota de red, la cuota de enganche y el anticipo del consumo:

  1. El anticipo del consumo es una fianza que será devuelta al realizar un cambio de titular o al darse de baja de Canal de Isabel II.
  2. La cuota de red equivale a la suma de las acciones para adaptar y mejorar la red que hay.
  3. La cuota de enganche se traduce en los materiales y a la mano de obra usados en la instalación.

El precio del agua en Brea de Tajo varía en función de la ubicación y el tipo de domicilio. Es Canal de Isabel II que se encarga de establecer el precio según los distintos parámetros que influyen en el precio del agua.

En España, el precio del agua se sitúa en 1,91€/m3 aproximadamente de media, esa suma se fracciona en abastecimiento 1,04€/m3 (56%) y saneamiento 0,85€/m3 (44%). Que equivale a un gasto anual de 105€ por persona, siendo uno de los más bajos de toda Europa.

Además, existen diferentes métodos de pago:

  1. Realizando una domiciliación bancaria.
  2. A través de una tarjeta de crédito o débito en las oficinas centrales.
  3. Cheque en las oficinas periféricas.
  4. A partir de transferencia bancaria.

Notificar averías y cortes de agua en Brea de Tajo

Canal de Isabel II dispone de información referente a los cortes de agua que se producen en Brea de Tajo si desea conocer esta información, puede contactar con Canal de Isabel II:

  • a través de su número de teléfono 900365365
  • vía email escribiendo a [email protected]

Si desea informar una avería o un corte de agua indeseado producido en Brea de Tajo, puede hacerlo bajo el mismo procedimiento.

Canal de Isabel II pone a tu disposición un número de teléfono de guardia abierto las 24h 900365365

Preguntas frecuentes sobre el abastecimiento de agua en Brea de Tajo

¿Es necesario dar de alta el agua en Brea de Tajo si el anterior inquilino tenía agua en la casa?

Si el anterior inquilino dio de baja el agua en su casa, tendrá que volver a dar de alta el agua en Brea de Tajo en las oficinas de Canal de Isabel II, en caso contrario, únicamente tendrá que hacer un cambio de titular en la factura del agua, en este caso, el importe a pagar es inferior

Cómo se debe de dar la lectura del contador de agua en Brea de Tajo

Según el tipo de vivienda y el número de puntos donde se desee tener agua, el contador deberá de ser más grande y por tanto, se deberá de pagar más en la factura del agua.Contacta con el Canal de Isabel II para que le asesoren sobre el contador adecuado para su tipo de vivienda.

¿Cómo obtener el Bono social en Brea de Tajo?

Hay disponibles ayudas económicas para las personas que no pueden hacer frente al pago de la factura del agua con el objetivo de que todas las personas tengan acceso diario de agua en Brea de Tajo. La documentación que se debe de presentar varía en función del tipo de persona y necesidad, estas son las más comunes:

  • Familias numerosas, presentando el certificado de la situación actual
  • Para los domicilios con más de 3 o 4 personas, mediante el certificado de empadronamiento de el inmueble.
  • Personas en situación de vulnerabilidad, declaración de los servicios sociales o presentar la renta del año anterior.
  • Jubilados y pensionistas, un certificado con los ingresos.
  • Para las personas perjudicadas por el COVID-19, certificados que acrediten que su actividad laboral ha sido detenida.