Alta de agua en el Canal de Isabel II desde 105 €
¿Quieres dar de alta el agua en la Comunidad de Madrid? Entonces tienes que hacerlo a través del Canal Isabel II, te explicamos cómo contratar el agua, su precio y el tiempo estimado de la gestión.
Alta de agua en el Canal de Isabel II: documentación y requisitos
El proceso de alta de agua con el Canal de Isabel II es específico para la Comunidad de Madrid y no afecta a otros municipios fuera de esta región. Para iniciar el trámite los interesados deben disponer de la siguiente información:
- DNI del solicitante de la contratación del suministro.
- Fecha de entrada del inquilino en la vivienda de alquiler.
- Documento de solicitud del suministro por parte del Canal de Isabel II.
- Características del suministro: doméstico, comercial o industrial.
- Datos correspondientes al inmueble.
- Número de cuenta.
Particularidad si es una obra nueva
En caso de dar de alta el agua por primera vez por ser construcciones de nueva planta o ampliaciones, Canal Isabel II exige para dar de alta el suministro de agua la licencia de primera ocupación para contratar la acometida definitiva.
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¿Cuánto cuesta dar de alta el agua en Canal de Isabel II?
El precio de dar de alta el agua en el Canal de Isabel II tiene una media de unos 105 € e incluye 3 conceptos: la cuota de red, la cuota de enganche y el anticipo del consumo.
- Cuota de red: hace referencia a las obras para adaptar y mejorar la red que hay.
- Cuota de enganche: se corresponden a los materiales y a la mano de obra necesaria para dar de alta el nuevo suministro de agua.
- Anticipo de consumo: es una fianza que será devuelta al cambiar de titular o al darse de baja del Canal de Isabel II.
El pago del nuevo suministro del agua del Canal de Isabel II se puede realizar a través de una domiciliación bancaria, transferencia bancaria o con tarjeta de crédito o débito en las oficinas centrales.
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¿Cómo dar de alta el agua en el Canal de Isabel II?
El alta de un nuevo suministro de agua en el Canal de Isabel II se puede realizar a través de 4 formas diferentes: la web de la compañía, por teléfono, email, mensajería o de forma presencial.
- Web: La primera opción es en la web del canal de Isabel II.
- Email Mandando un mail a [email protected] con el formulario de la página web.
- Presencial: En la oficina del Canal de Isabel II. C/ Santa Engracia, 125 (28003 - Madrid).
- Teléfono: Se puede contactar con el Canal Isabel II por teléfono llamando al 900 365 365.
También se puede acudir a estas vías 4 vías para tramitar la baja del suministro de agua con el Canal Isabel II.
Pasos para dar de alta un suministro agua con el Canal de Isabel II
Contacto con el Canal de Isabel II: Lo primero que debes hacer es ponerte en contacto con el Canal de Isabel II para solicitar el alta del suministro de agua. Puedes hacerlo a través de su página web, por teléfono o presencialmente en alguna de sus oficinas.
Documentación necesaria: El Canal de Isabel II te pedirá cierta documentación para proceder con el alta del suministro. Esta documentación puede incluir tu DNI o NIE, escritura de la vivienda o contrato de alquiler, y en algunos casos puede requerir otros documentos adicionales.
Registro del contrato: Una vez que hayas proporcionado la documentación requerida, el Canal de Isabel II procederá a registrar el contrato del suministro de agua a tu nombre. Es importante que todos los datos proporcionados sean correctos y estén actualizados.
Inspección del contador(si es necesario): En algunos casos, especialmente si el suministro de agua se ha interrumpido durante un período prolongado, puede ser necesario realizar una inspección del contador. Esto se hace para verificar el estado del mismo y garantizar que funcione correctamente.
Activación del suministro: Una vez completados los pasos anteriores y verificada la documentación, el Canal de Isabel II procederá a activar el suministro de agua en tu vivienda. Esto significa que podrás comenzar a recibir agua en tu hogar.
Facturación y pago: A partir de este momento, comenzarás a recibir las facturas correspondientes por el consumo de agua en tu domicilio. Deberás estar al tanto de las fechas de vencimiento y proceder al pago de las mismas según las opciones que te ofrezca el Canal de Isabel II.
Preguntas frecuentes sobre el alta de suministro de agua en Canal de Isabel II
¿Cuánto tardan en dar de alta el agua?
Para llevar a cabo la puesta en servicio del suministro en un contador secundario en batería (viviendas en altura), el plazo será de 3 días laborales desde la fecha en la que se realiza la contratación.
En el caso de que se trate de nuevas acometidas que impliquen de un nuevo contrato, contando que existe ya una red de distribución adecuada a la que conectarla, el plazo será de 10 días naturales desde la fecha en que Canal de Isabel II reciba todos los permisos necesarios para poder realizarla.
Por lo tanto, dependiendo si tienes la acometida o no, el tiempo en disponer de agua puede ir desde los 3 días hasta un máximo de 10 días.
¿Por qué hay que presentar la licencia de primera ocupación para contratar la acometida definitiva?
Porque así viene recogido en el artículo 160 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. Este establece que las empresas suministradoras de agua exigirán, para la contratación definitiva de los suministros o servicios respectivos en edificio o construcciones de nueva planta o ampliaciones, la acreditación de la licencia municipal de la primera ocupación.
El anterior inquilino tenía agua en la casa ¿Tengo que dar de alta el agua de nuevo?
Si el anterior inquilino dio de baja el suministro de agua antes de irse, tendrás que dar de alta el agua nuevamente. En caso de que no la haya dado de baja, solo tendrá que realizar un cambio de titular, que se trata de una gestión más barata y más sencilla.
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