Servicio de agua El Atazar

Servicio de agua en El Atazar

Servicio de soporte para sus trámites de agua

Más de 1 millón de personas confían en nosotros

4,8/5

Basado en 1600 opiniones

Una simple llamada es suficiente

Nuestros expertos te ayudan

Rápido y gratuito

Gestión de agua en El Atazar: Canal de Isabel II

Si tienes algún problema con el suministro de agua que hace Canal de Isabel II en El Atazar, puedes llamar al siguiente número 900365365. También puedes ponerte en contacto con la compañía para dar el alta y/o baja de un suministro, cambiar el titular o reclamar una factura. El precio puede superar los 100 € en algunos trámites.

Dar de alta el agua en El Atazar - ¿Cómo y dónde?

El suministro de agua en El Atazar se lleva a cabo por mediación de Canal de Isabel II gestionando el servicio de aguas de 95 habitantes. Si quieres dar de alta el agua en El Atazar, es muy fácil, hay distintas formas de hacerlo siempre por mediación de Canal de Isabel II:

  • Vía telefónica, contactando con Canal de Isabel II por mediación de el 900365365
  • Puedes hacerlo online por mediación de la oficina virtual de Canal de Isabel II
  • De forma presencial por mediación de la sede más próxima de la empresa en la Calle de José Abascal, 10, 28003 Madrid

Horarios de atención al cliente de Canal de Isabel II Lunes a Viernes: 8:30 – 18:30

Requisitos para dar de alta el agua en El Atazar

Para dar de alta el agua en El Atazar y para poder hacer un cambio de titular en tu factura del agua, lo puedes hacer por mediación de Canal de Isabel II, para ello debes de rellenar y entregar la documentación por la entidad:

  • Datos y contacto del titular del contrato.
  • Datos de el domicilio donde se va a dar alta el agua.
  • Método de pago, y el IBAN si se va a domiciliar.
  • Número de contrato, generalmente aportado por la compañía constructora.
  • Características del suministro, en función de si es comercial, domestico o industrial.
  • Licencia de primera ocupación en caso de que así fuese.

¿Cómo cambiar la titular de agua en El Atazar?

Para hacer un cambio de titularidad de agua en El Atazar, es necesario realizarlo mediante Canal de Isabel II, contactando de diferentes vías:

  • Enviando un correo electrónico a [email protected]
  • Por el número de teléfono de Canal de Isabel II por mediación de el 900365365
  • Presencial: por mediación de las oficinas de la compañía en la Calle de José Abascal, 10, 28003 Madrid

Es importante tener en cuenta, que para poder hacer un cambio de titular en El Atazar, hay que abonar una cantidad de dinero (Inferior a darse de alta en agua) que corresponde a dos conceptos; El adelanto del consumo y el consumo desde el día que se está en la propiedad. Para poder realizar este pago, existen diferentes vías de pago:

  • Domiciliación bancaria, obligatorio realizarlo vía telefónica, llamando al 900365365
  • En la Oficina Central se puede abonar en efectivo o tarjeta de crédito y/o de débito
  • por mediación de una transferencia bancaria

¿Cuál es el precio del agua en El Atazar?

El precio por dar de alta el agua en El Atazar, se ubica generalmente entre los 130€ y los 180€, y consta de tres conceptos. Son la cuota de enganche, la cuota de red y el anticipo del consumo:

  1. La cuota de red viene dada por las obras para adaptar y optimizar la red que hay.
  2. La cuota de enganche se corresponde a los materiales y a la mano de obra.
  3. El anticipo del consumo es una fianza que será devuelta al cambiar de titular o al darse de baja de Canal de Isabel II.

El precio del agua en El Atazar puede variar en función de la ubicación de la vivienda y el tipo de vivienda. El precio del agua en El Atazar es establecido por Canal de Isabel II en función de los distintos parámetros que influyen en su coste.

El precio del agua en España se sitúa en 1,90€/m3 de media, ese coste se desglosa en suministro 1,06€/m3 (56%) y saneamiento 0,83€/m3 (44%). Suponiendo un gasto anual de 104€ por persona, uno de los más bajos de Europa.

Además, existen diferentes métodos de pago:

  1. En las oficinas, por mediación de una tarjeta de crédito o débito.
  2. Mediante una domiciliación bancaria.
  3. Realizando una transferencia bancaria.
  4. Emitiendo un cheque a las oficinas periféricas.

¿Cómo obtener información o notificar sobre un corte de agua en El Atazar?

Canal de Isabel II tiene a su disposición datos referente a los cortes de agua producidos en El Atazar, si quieres conocer esta información, solo tienes que contactar con Canal de Isabel II:

En el caso de notificar una avería o un corte de agua inesperado, puede hacerlo con el mismo procedimiento.

Canal de Isabel II pone a tu disposición un número de teléfono de averías abierto las 24h 900365365

Preguntas frecuentes sobre el suministro de agua en El Atazar

¿Tengo que dar de alta el agua en El Atazar de nuevo si el anterior inquilino tenía agua en la casa?

Si el anterior propietario dio de baja su contrato de agua en su vivienda, tendrá que dar de alta el agua en El Atazar por mediación de Canal de Isabel II, en caso contrario, solamente deberá de realizar un cambio de titular en la factura del agua, en este caso, el importe a abonar es inferior al de darse de alta.

¿Cómo dar la lectura del contador de agua en El Atazar?

Según el tipo de vivienda y el número de puntos donde se desee tener agua, el contador deberá de ser más grande y por tanto, se deberá de abonar más en la factura del agua.Contacta con el Canal de Isabel II para que le asesoren sobre el contador adecuado para su tipo de vivienda.

¿Puedo obtener el Bono social en El Atazar?

Canal de Isabel II pone a disposición, ayudas económicas para aquellas personas que no pueden hacer frente al pago de la factura del agua con el objetivo de que todas las personas tengan acceso diario de agua en sus domicilios. La documentación que se debe de presentar varía en función del tipo de persona y necesidad, estas son las más comunes:

  • Jubilados y pensionistas, un certificado con los ingresos.
  • Familias numerosas, entregando el certificado de la situación actual
  • Personas en situación de vulnerabilidad, declaración de los servicios sociales o presentar la renta del año anterior.
  • Para los domicilios con más de 3 o 4 personas, certificado de empadronamiento de el domicilio.
  • Para aquellas personas perjudicadas por el COVID-19, certificados que acrediten que su actividad laboral ha sido detenida.