Servicio de agua Sevilla la Nueva

Servicio de agua en Sevilla la Nueva

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Gestión de agua en Sevilla la Nueva: Canal de Isabel II

La empresa suministradora del agua en Sevilla la Nueva es Canal de Isabel II. Podrás dirigirte a ella para tramitar el alta o la baja de un suministro de agua, cambiar el titular del mismo o notificar cualquier tipo de incidencia, algunas gestiones cuestan más de 100 €. Su teléfono de contacto es 900365365.

¿Cómo dar de alta el agua en Sevilla la Nueva? Paso a paso

El suministro de agua en Sevilla la Nueva está gestionado por Canal de Isabel II, llevando el suministro y saneamiento doméstico de 8905 habitantes. Para dar de alta el agua en Sevilla la Nueva, Canal de Isabel II tiene distintas formas de hacerlo disponibles para ti.

  • Presencialmente, acudiendo a el local más cercano de la compañía en la Calle de José Abascal, 10, 28003 Madrid
  • A través de la oficina virtual de Canal de Isabel II, de forma online
  • Contactando con Canal de Isabel II de forma telefónica través del 900365365

Horarios de atención al cliente de Canal de Isabel II Lunes a Viernes: 8:30 – 18:30

Dar de alta el agua en Sevilla la Nueva - Requisitos

Para poder dar de alta el agua en Sevilla la Nueva mediante Canal de Isabel II, al igual que cuando se hace el cambio de titular en Canal de Isabel II hace falta rellenar y entregar cierta documentación:

  • Datos de el domicilio donde se va a dar alta el agua.
  • Datos y contacto de la persona que figura como titular en el contrato.
  • Número de contrato, suministrado por la compañía constructora.
  • Forma de pago, y el IBAN si se va a domiciliar.
  • Características del suministro, en función de si es comercial, domestico o industrial.
  • Licencia de primera ocupación en caso de que así fuese.

¿Cómo debes de hacer un cambio de titular de agua en Sevilla la Nueva?

Si quieres hacer un cambio de titular en Sevilla la Nueva de tu factura de agua, lo debes de hacer por mediación de Canal de Isabel II, para ello, puedes contactar con ellos por diferentes vías:

  • Presencialmente: Acudiendo a las oficinas de la entidad en la Calle de José Abascal, 10, 28003 Madrid
  • Contacta por teléfono con Canal de Isabel II por mediación de el 900365365
  • Mandando un correo electrónico a la dirección [email protected]

Debes de saber que para hacer un cambio de titularidad de agua en Sevilla la Nueva, es necesario pagar una suma de dinero (Inferior a darse de alta en agua) que corresponde a dos elementos; El adelanto del consumo y el consumo desde el día que se está en la propiedad. Para realizar dicho pago, existen diferentes vías de pago:

  • En la Oficina Central puedes pagar en efectivo o tarjeta de crédito/débito
  • Realizando una Transferencia bancaria
  • Domiciliación bancaria, obligatorio realizarlo al contactar por teléfono 900365365.

¿Cuánto cuesta el agua en Sevilla la Nueva?¿Cuál es su precio?

Para poder dar de alta el agua en Sevilla la Nueva, se debe de pagar una cantidad económica que varía habitualmente entre los 136€ y los 185€, esta cantidad está compuesta por 3 elementos. El anticipo del consumo, la cuota de red y la cuota de enganche.

  1. El anticipo del consumo es una fianza que será devuelta al realizar un cambio de titular o al darse de baja de Canal de Isabel II.
  2. La cuota de red equivale a la suma de las acciones para adaptar y mejorar la red que hay.
  3. La cuota de enganche se traduce en los materiales y a la mano de obra usados en la instalación.

El precio del agua en Sevilla la Nueva varía en función de la ubicación y el tipo de domicilio. Es Canal de Isabel II que se encarga de establecer el precio según los distintos parámetros que influyen en el precio del agua.

En España, el precio del agua se sitúa en 1,91€/m3 aproximadamente de media, esa suma se fracciona en suministro 1,04€/m3 (56%) y saneamiento 0,85€/m3 (44%). Que equivale a un gasto anual de 105€ por persona, siendo uno de los más bajos de toda Europa.

Hay varías formas de realizar el pago:

  1. Pagando por mediación de una tarjeta de crédito o débito en las oficinas centrales.
  2. Mediante una transferencia bancaria.
  3. Al emitir un cheque en las oficinas periféricas.
  4. Por mediación de una domiciliación bancaria.

Notificar averías y cortes de agua en Sevilla la Nueva

Canal de Isabel II dispone de información referente a los cortes de agua que se producen en Sevilla la Nueva si desea conocer esta información, puede contactar con Canal de Isabel II:

  • por mediación de su número de teléfono 900365365
  • vía email escribiendo a [email protected]

Si desea notificar una avería o un corte de agua indeseado producido en Sevilla la Nueva, puede hacerlo bajo el mismo procedimiento.

Canal de Isabel II tiene disponibilidad un número de teléfono de averías disponible las 24h 900365365

Preguntas frecuentes sobre el sistema de agua en Sevilla la Nueva

¿Es necesario dar de alta el agua en Sevilla la Nueva si el anterior inquilino tenía agua en la casa?

Si el anterior inquilino dio de baja el agua en su casa, tendrá que volver a dar de alta el agua en Sevilla la Nueva en las oficinas de Canal de Isabel II, en caso contrario, únicamente tendrá que hacer un cambio de titular en la factura del agua, en este caso, el importe a pagar es inferior

Cómo se debe de dar la lectura del contador de agua en Sevilla la Nueva

El tamaño del contador varía en función del número de puntos donde se necesite agua, a más baños, cocinas, terraza, mayor será el contador y por lo tanto más se tendrá que pagar en la factura del agua. Para ello, Canal de Isabel II le aconsejará sobre el tamaño de contador de agua adecuado para su vivienda.

¿De qué forma puedo obtener el Bono social en Sevilla la Nueva?

Hay disponibles ayudas económicas para las personas que no pueden hacer frente al pago de la factura del agua con el objetivo de que todas las personas tengan acceso diario de agua en Sevilla la Nueva. La documentación que se debe de presentar varía en función del tipo de persona y necesidad, estas son las más comunes:

  • Familias numerosas, presentando el certificado de la situación actual
  • Para las residencias con más de 3 o 4 personas, mediante el certificado de empadronamiento de el domicilio.
  • Personas en situación de vulnerabilidad, declaración de los servicios sociales o presentar la renta del año anterior.
  • Jubilados y pensionistas, un certificado con los ingresos.
  • Para las personas perjudicadas por el COVID-19, documentos que acrediten que su actividad laboral ha sido detenida.